INSTALACIONES ELECTRICAS EN HOSPITALES, CLINICAS Y SUS NORMAS TECNICAS
NTP140-000 Objeto (1) Esta Sección se aplica a las instalaciones de: (a) Alambrado y equipo eléctrico en las áreas de los hospitales dedicadas al cuidado de pacientes; y (b) Aquellas partes de las instalaciones eléctricas en hospitales, consideradas esenciales. (2) Esta Sección no se aplica a la instalación de sistemas eléctricos de comunicaciones, ni a instalaciones de radio y televisión, con excepción de lo establecido en las Reglas 140–104(6) y 140–108. (3) Esta Sección complementa o modifica los requerimientos generales del Código. NTP 140-002 Terminología Especial (ver Anexo B) Puesto de anestesia:...